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Tasas de extranjería 2026 (modelo 790)

Las tasas por tramitación de autorizaciones y documentos de extranjería de la Orden PJC/617/2025, con su epígrafe, su importe y el modelo 790 con el que se pagan.

Fuente: Orden PJC/617/2025, de 13 de junio (BOE núm. 144, de 16/06/2025), en vigor desde su publicación y sin modificaciones en el texto consolidado. Epígrafes, conceptos e importes son los del anexo, sin retocar.

Modelo 790: código 052 para residencia, 062 para trabajo y 012 para la TIE. La Orden no los nombra; donde la fuente no lo dice (estancia y documentos de identidad y viaje), la tabla tampoco.

Plazo de pago: diez días hábiles desde la presentación de la solicitud (art. 2.5), y en la presentación electrónica se paga en el acto (art. 2.3). Exenciones y quién es sujeto pasivo: art. 3 de la Orden.

67 tasas

Tasas por tramitación de autorizaciones y documentos de extranjería, Orden PJC/617/2025
EpígrafeConceptoModeloImporte
1. TRAMITACIÓN DE AUTORIZACIONES DE ESTANCIA EN ESPAÑA
1.1Autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado en España.
1.1.1Autorización inicial de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas (titular principal y sus familiares).No lo indica10,94 €
1.1.2Prórroga de la autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado (titular principal y sus familiares).No lo indica17,49 €
1.2Prórroga de autorización de estancia de corta duración en España.
1.2.1Prórroga de estancia de corta duración sin visado (importe base que se incrementará en 1,09 € más por cada día que se prorrogue la estancia).No lo indica17,49 €
1.2.2Prórroga de estancia de corta duración con visado (art. 32 RD 1155/2024).No lo indica32,17 €
1.3Prórroga de desplazamiento temporal de menores extranjeros con fines de tratamiento médico.No lo indica17,49 €
2. TRAMITACIÓN DE AUTORIZACIONES PARA RESIDIR EN ESPAÑA
2.1Autorización inicial de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales).
2.1.1Residencia temporal no lucrativa (titular principal y sus familiares).790-05210,94 €
2.1.2Residencia temporal por reagrupación familiar.790-05210,94 €
2.1.3Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y/o propia (incluidas actividades de temporada).790-05210,94 €
2.1.4Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.790-05210,94 €
2.1.5Residencia temporal de menores extranjeros acompañados.790-05210,94 €
2.1.6Autorización de residencia para estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial (DA 17.ª L. 14/2013) (titular principal y sus familiares).790-05210,94 €
2.1.7Autorización de residencia para prácticas (DA 18.ª L. 14/2013).790-05210,94 €
2.1.8Autorización de residencia temporal de carácter excepcional para menores extranjeros con fines de tratamiento médico.790-05210,94 €
2.2Renovación o prórroga de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales).
2.2.1Residencia temporal no lucrativa (titular principal y sus familiares).790-05216,40 €
2.2.2Residencia temporal por reagrupación familiar.790-05216,40 €
2.2.3Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y propia.790-05216,40 €
2.2.4Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.790-05216,40 €
2.2.5Residencia y trabajo independiente del reagrupante (art. 69 RD 1155/2024).790-05216,40 €
2.2.6Residencia temporal de menores extranjeros no acompañados que acceden a la mayoría de edad siendo titulares de una autorización de residencia.790-05216,40 €
2.2.7Residencia temporal para prácticas (DA 18.ª L. 14/2013).790-05216,40 €
2.3Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
2.3.1Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo (segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo o familiar).790-05238,28 €
2.3.2Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales excepto por arraigo.
2.3.2.a)Autorización inicial por circunstancias excepcionales por razones humanitarias (excepto víctimas de delitos del art. 128.2 RD 1155/2024), colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público, o tramitada en base a la DA 2.ª RD 1155/2024.790-05238,28 €
2.3.2.b)Autorización inicial de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, víctimas extranjeras de violencia sexual, por colaboración contra redes organizadas y extranjeros víctimas de trata de seres humanos, así como de las víctimas de los delitos recogidos en el art. 128.2 RD 1155/2024.790-05210,94 €
2.3.2.c)Autorización inicial por circunstancias excepcionales por el acceso a la mayoría de edad del menor extranjero no acompañado que no es titular de una autorización de residencia (art. 174 RD 1155/2024).790-05210,94 €
2.4Prórroga o renovación de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.790-05216,40 €
2.5Modificación de las situaciones de las personas extranjeras en España.
2.5.1De la situación de estancia de larga duración por estudios o actividades formativas a la situación de residencia y trabajo o de residencia con excepción de la autorización de trabajo.790-05210,94 €
2.5.2De la autorización de residencia temporal a autorización de residencia y trabajo.790-05210,94 €
2.5.3Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo conforme a lo dispuesto en el art. 192 RD 1155/2024.790-05210,94 €
2.6Autorización de residencia de larga duración–UE y autorización de residencia de larga duración nacional.790-05221,87 €
2.7Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración-UE y recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración nacional.790-05221,87 €
3. AUTORIZACIONES DE TRABAJO PARA UN PERIODO IGUAL O SUPERIOR A SEIS MESES
3.1Tramitación de autorizaciones de trabajo para transfronterizos.
3.1.1Autorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta ajena.
3.1.1.a)Retribución inferior a 2 veces SMI.790-062203,84 €
3.1.1.b)Retribución igual o superior a 2 veces SMI.790-062407,71 €
3.1.2Autorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta propia.790-062203,84 €
3.1.3Prórroga autorización de trabajo, por cuenta ajena o propia, de la autorización para trabajadores transfronterizos.790-06281,54 €
3.2Tramitación de autorizaciones de trabajo por cuenta ajena.
3.2.1Autorización de trabajo para autorizaciones iniciales de residencia temporal de trabajo por cuenta ajena.
3.2.1.a)Retribución inferior a 2 veces SMI.790-062203,84 €
3.2.1.b)Retribución igual o superior a 2 veces SMI.790-062407,71 €
3.2.2Autorización de trabajo para autorizaciones renovadas de residencia temporal de trabajo por cuenta ajena.790-06281,54 €
3.3Tramitación de autorizaciones de trabajo por cuenta propia.
3.3.1Autorización de trabajo para autorizaciones iniciales de residencia temporal de trabajo por cuenta propia.790-062203,84 €
3.3.2Autorización de trabajo para autorizaciones renovadas de residencia temporal de trabajo por cuenta propia.790-06281,54 €
3.4Tramitación de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada.
3.4.1Autorización de trabajo inicial trabajo para actividades de temporada.
3.4.1.a)Autorización de trabajo para actividades de temporada (individuales).790-06210,94 €
3.4.1.b)Autorización de trabajo en el marco de Gestión Colectiva de Contratación en Origen.790-06210,94 €
3.4.2Renovación autorización trabajo para actividades de temporada.
3.4.2.a)Autorización trabajo renovada para actividades de temporada (individuales).790-06216,40 €
3.4.2.b)Autorización de trabajo renovada en el marco Gestión Colectiva de Contratación en Origen.790-06216,40 €
3.5Tramitación de autorización inicial de trabajo para las personas titulares de autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas [art 52, apartados b), c), d) y e)].790-062122,30 €
4. TARJETAS DE IDENTIDAD DE EXTRANJEROS Y CERTIFICADOS DE REGISTRO DE RESIDENTES COMUNITARIOS
4.1TIE de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.790-01212,00 €
4.2TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos.790-01216,08 €
4.3TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal o la prórroga de la estancia o de la autorización para trabajadores transfronterizos.790-01219,30 €
4.4TIE que documenta la autorización de residencia y trabajo de mujeres víctimas de la violencia de género, víctimas de la violencia sexual y víctimas de la trata de seres humanos.790-01216,08 €
4.5TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE.790-01221,87 €
4.6Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión y TIE asociada al Acuerdo de Retirada de ciudadanos británicos y sus familiares (BREXIT).790-01212,00 €
4.7TIE que documenta la residencia de menores tutelados por entidad pública.790-0120,00 €
5. DOCUMENTOS DE IDENTIDAD, TÍTULOS Y DOCUMENTOS DE VIAJE A EXTRANJEROS INDOCUMENTADOS Y OTROS DOCUMENTOS
5.1Autorización de inscripción de indocumentados.No lo indica21,87 €
5.2Cédula de inscripción.No lo indica3,27 €
5.3Documento de identidad de refugiado.No lo indica11,04 €
5.4Documento de identidad de apátrida.No lo indica11,04 €
5.5Documento de identidad de protección subsidiaria.No lo indica11,04 €
5.6Título de viaje.No lo indica27,08 €
5.7Documento de viaje de la Convención de Ginebra.No lo indica27,08 €
5.8Documento de viaje de protección subsidiaria.No lo indica27,08 €
5.9Documento de viaje de los apátridas.No lo indica27,08 €
5.10Autorización de regreso.No lo indica10,72 €
5.11Autorización excepcional de entrada o estancia.No lo indica17,49 €
5.12Asignación de Número de Identidad de Extranjero (NIE) a instancia del interesado.No lo indica9,84 €
5.13Certificados o informes emitidos a instancia del interesado.No lo indica7,31 €
5.14Autorización de expedición de Carta de invitación.No lo indica75,05 €
5.15Expedición de Carta de invitación.No lo indica6,54 €
5.16Compulsa y desglose por cada documento relativo a la Carta de Invitación.No lo indica1,05 €

El epígrafe 3.1.2 aparece en el BOE como «203.84», con punto; en la tabla va como 203,84 €.

Preguntas frecuentes

¿Qué modelo 790 corresponde a cada tasa?
El código 052 para las autorizaciones de residencia, el 062 para las autorizaciones de trabajo y el 012 para la tarjeta de identidad de extranjero, que se paga ante la Policía. La Orden no nombra los modelos, así que en las secciones de estancia y de documentos de identidad y viaje la tabla no lo indica.
¿Son los importes de 2026?
Son los de la Orden PJC/617/2025, en vigor desde el 16 de junio de 2025, tal como figuran en su texto consolidado del BOE, sin modificaciones. La Orden prevé que se actualicen con las leyes de presupuestos (art. 1.2), y a 27 de septiembre de 2026 no hay Ley de Presupuestos para 2026 en el BOE.
¿Quién paga la tasa de la autorización de trabajo por cuenta ajena?
El empleador: la Orden lo hace sujeto pasivo en las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena (art. 3.1) y, si la abona él, no puede exigir su importe a la persona extranjera (art. 3.2).

He puesto la tabla entera en una página para no tener que buscarla en el BOE cada vez. En ImmigraFlow la tasa se factura al cliente como suplido, sin IVA y separada de los honorarios. 14 días de prueba, sin tarjeta.

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