Introducción
La regularización extraordinaria 2026 ha generado miles de preguntas y dudas entre los potenciales beneficiarios. Esta guía de preguntas frecuentes (FAQ) recopila y responde las dudas más comunes, organizadas por categorías para facilitar tu consulta.
Todas las respuestas están actualizadas según el Real Decreto publicado en el BOE el 27 de enero de 2026 y revisadas por abogados especializados en derecho de extranjería.
Índice de preguntas por categoría
- Elegibilidad y requisitos básicos (preguntas 1-15)
- Documentación y trámites (preguntas 16-30)
- Plazos y procedimiento (preguntas 31-40)
- Situaciones especiales (preguntas 41-50)
- Después de la aprobación (preguntas 51-58)
CATEGORÍA 1: Elegibilidad y requisitos básicos
1. ¿Quién puede solicitar esta regularización?
Pueden solicitarla los extranjeros que cumplan TODOS estos requisitos:
- Estar en España antes del 31 de diciembre de 2025
- Haber permanecido en España de forma continuada al menos 5 meses antes del 31 de diciembre de 2025
- No tener antecedentes penales en España ni en países de residencia anterior (últimos 5 años)
- No tener prohibición de entrada a España
- Estar identificado con pasaporte válido o documento equivalente
2. ¿Hay límite de edad para solicitarla?
Deben ser mayores de 18 años. Los menores de edad solo pueden incluirse en la solicitud de sus padres, pero no pueden solicitarla de forma independiente.
3. ¿Puedo solicitarla si entré a España en noviembre de 2025?
Sí, siempre que puedas demostrar que has permanecido en España de forma continuada al menos 5 meses antes del 31 de diciembre de 2025. Si entraste en noviembre, deberías haber estado hasta al menos finales de marzo de 2026 (pero el plazo de entrada límite es 31 de diciembre de 2025, por lo que NO calificas si entraste después de agosto de 2025).
Corrección: Debes haber entrado ANTES del 31 de diciembre de 2025 y permanecer 5 meses continuados. Si entraste en agosto de 2025 o antes, cumples el requisito.
4. ¿Qué significa "residencia continuada"?
Significa presencia física ininterrumpida en España durante al menos 5 meses. Se permiten ausencias temporales de hasta 90 días acumulados en ese período, siempre que no rompan la continuidad.
5. ¿Puedo solicitarla si tengo antecedentes penales muy antiguos?
Depende. Si los antecedentes penales son de hace más de 5 años y ya han sido cancelados según la ley española, NO deberían ser un impedimento. Si están dentro de los últimos 5 años, generalmente SÍ son un impedimento.
Recomendación: Consulta con un abogado especializado si tienes antecedentes penales, ya que hay excepciones según la gravedad del delito.
6. ¿Necesito tener un contrato de trabajo para solicitarla?
NO. Esta regularización extraordinaria NO requiere contrato de trabajo ni oferta de empleo. Es una regularización por residencia, no por arraigo laboral.
7. ¿Necesito tener un determinado nivel de ingresos?
NO para la solicitud inicial. Sin embargo, para futuras renovaciones de la autorización sí podrían pedirte demostrar medios económicos suficientes.
8. ¿Puedo solicitarla si ya tengo una orden de expulsión?
Depende del estado de la orden de expulsión:
- Si la orden ya es firme y ejecutable: probablemente NO puedas solicitar
- Si está en recurso o suspendida: podría ser posible, consulta con abogado
- Si la orden es antigua y ha prescrito: probablemente SÍ puedas solicitar
9. ¿Puedo solicitarla si mi pasaporte está caducado?
Debes tener un pasaporte válido al momento de la solicitud. Si está caducado, renuévalo antes de solicitar. En casos excepcionales, puedes usar documentos alternativos (cédula consular, salvoconducto) si tu país no renueva pasaportes.
10. ¿Puedo solicitarla si tengo una solicitud de asilo pendiente?
Técnicamente sí, pero puede ser complicado. Si tu solicitud de asilo está en trámite, podrías solicitar esta regularización de forma paralela, pero consulta con un abogado especializado sobre las implicaciones.
11. ¿Pueden solicitarla personas de cualquier nacionalidad?
Sí, la regularización extraordinaria está abierta a ciudadanos de CUALQUIER país (excepto ciudadanos de la UE/EEE/Suiza que ya tienen libre circulación).
12. ¿Si tengo NIE puedo solicitarla?
Tener NIE no es un requisito ni un impedimento. El NIE es simplemente un número de identificación. Lo importante es cumplir los requisitos de residencia y ausencia de antecedentes penales.
13. ¿Puedo solicitarla si he tenido permisos de residencia anteriormente que caducaron?
Sí, puedes solicitarla. El hecho de haber tenido permisos anteriores que caducaron no es un impedimento, siempre que ahora cumplas los requisitos.
14. ¿Puedo solicitarla si entré con visado de turista y lo dejé caducar?
Sí, siempre que cumplas los requisitos de residencia continuada y antecedentes penales. La forma de entrada (con visado que luego caducó) no es relevante para esta regularización.
15. ¿Hay cupo máximo de solicitudes que se aprobarán?
NO hay cupo máximo oficial. Todas las solicitudes que cumplan los requisitos deberían ser aprobadas. Se estima que unas 500.000 personas son potencialmente elegibles.
CATEGORÍA 2: Documentación y trámites
16. ¿Cuáles son los documentos obligatorios mínimos?
Los documentos mínimos obligatorios son:
- Formulario oficial (EX-10 o EX-11)
- Pasaporte válido completo (copia y original)
- 4 fotografías tamaño carné recientes
- Certificado de empadronamiento histórico
- Certificado de antecedentes penales español
- Certificado de antecedentes penales del país de origen (apostillado y traducido)
- Justificante de pago de tasas (modelo 790, código 052)
17. ¿Es obligatorio aportar documentos adicionales al empadronamiento para probar residencia?
Oficialmente no es obligatorio, pero en la práctica es muy recomendable (casi obligatorio). El empadronamiento solo no suele ser suficiente. Aporta facturas, contratos, registros médicos, etc.
18. ¿Qué hago si no estoy empadronado?
Empadrónate inmediatamente. Si no tienes empadronamiento histórico de 5 meses, deberás demostrar tu residencia con una combinación sólida de otros documentos oficiales (contratos, facturas, registros médicos, extractos bancarios).
19. ¿Cuánto tardan en llegar los certificados de antecedentes penales de mi país?
Depende del país:
- Venezuela: 8-12 semanas
- Colombia: 3-4 semanas
- Marruecos: 4-8 semanas
- Ecuador: 4-6 semanas
- Perú: 2-4 semanas
- Argentina: 2-3 semanas
Consejo: Solicítalos en febrero o marzo de 2026 para tenerlos listos antes del 1 de abril.
20. ¿Qué es la apostilla y dónde la hago?
La Apostilla de La Haya es un sello que certifica la autenticidad de un documento oficial para uso internacional. Se hace en tu país de origen, en la oficina competente (suele ser el Ministerio de Relaciones Exteriores o Justicia).
21. ¿Puedo usar traductor no jurado para mis documentos?
NO. Solo son válidas las traducciones realizadas por traductores jurados oficiales inscritos en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. El listado está en su web oficial.
22. ¿Cuánto cuestan las traducciones juradas?
Los traductores jurados cobran por página o por documento:
- Pasaporte: 30-40 EUR
- Certificado de nacimiento: 25-35 EUR
- Certificado de antecedentes penales: 30-40 EUR
- Certificado de matrimonio: 30-40 EUR
Total estimado: 80-150 EUR para documentos básicos.
23. ¿Las facturas de servicios deben estar a mi nombre?
Idealmente sí, pero si vives con familiares o compartes piso, puedes aportar facturas a nombre de otros junto con una carta del titular que acredite que vives en ese domicilio.
24. ¿Puedo presentar facturas digitales o deben ser en papel?
Las facturas digitales (PDF enviados por email por la compañía) son válidas. Imprime las facturas digitales y preséntalas como parte de tu documentación.
25. ¿Cuántas pruebas de residencia debo aportar además del empadronamiento?
No hay número mínimo oficial, pero se recomienda aportar al menos 3-5 documentos diferentes que cubran distintos meses del período de 5 meses. De diferentes categorías: vivienda, médicos, bancarios, educativos.
26. ¿Qué hago si mi país no expide certificados de antecedentes penales para residentes en el extranjero?
Presenta:
- Una declaración jurada ante notario explicando la imposibilidad
- Documentación oficial del consulado o autoridad competente que acredite que no es posible obtener el certificado
27. ¿Necesito certificado de antecedentes penales de TODOS los países donde he vivido?
Sí, de todos los países donde hayas residido más de 6 meses durante los últimos 5 años.
28. ¿Puedo presentar la solicitud online o debe ser presencial?
Depende de la oficina de extranjería de tu provincia. Algunas permiten presentación telemática con certificado digital, pero la mayoría requieren cita presencial. Consulta con tu oficina local.
29. ¿Qué hago si me falta un documento el día de la cita?
El funcionario puede:
- NO admitir tu solicitud si falta un documento esencial
- Admitirla condicionada y emitir un requerimiento de subsanación (te dan 10 días para aportar el documento faltante)
Recomendación: No vayas a la cita sin toda la documentación completa.
30. ¿Puedo usar ImmigraFlow para verificar mi documentación antes de presentarla?
Sí. ImmigraFlow ofrece un verificador automático de documentación con IA que revisa:
- Si todos los documentos obligatorios están presentes
- Si están dentro de su período de validez
- Si los documentos extranjeros están apostillados
- Si las traducciones son de traductores jurados oficiales
- Si hay inconsistencias entre documentos
El plan gratuito incluye esta funcionalidad.
CATEGORÍA 3: Plazos y procedimiento
31. ¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
Del 1 de abril al 30 de junio de 2026. Solo 3 meses.
32. ¿Puedo solicitar cita previa antes del 1 de abril?
Depende de cada oficina de extranjería. Algunas abren el sistema de citas unos días antes, otras exactamente el 1 de abril. Consulta con tu oficina local o estate atento desde finales de marzo.
33. ¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo legal es de 3 meses desde la presentación. En la práctica, puede ser más rápido (1-2 meses) o llegar al límite de 3 meses.
34. ¿Qué pasa si no me responden en 3 meses?
Si transcurren 3 meses sin respuesta, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo (silencio negativo).
35. ¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?
Sí. Una vez presentada la solicitud, recibes un resguardo que te autoriza a trabajar legalmente durante la tramitación del expediente.
36. ¿Puedo viajar fuera de España mientras espero la resolución?
No es recomendable. Aunque tengas el resguardo, salir de España podría complicar tu situación legal. Si es imprescindible viajar, consulta antes con un abogado especializado.
37. ¿Qué es un requerimiento de subsanación?
Es una notificación de la administración indicando que falta documentación o que algún documento está incorrecto. Te dan un plazo (normalmente 10 días) para aportar o corregir lo que falte. Si no subsanas en plazo, tu solicitud será desestimada.
38. ¿Cómo sabré si me han hecho un requerimiento de subsanación?
Te notificarán por:
- Correo postal certificado a tu domicilio de empadronamiento
- Notificación electrónica (si tienes certificado digital y estás dado de alta en notificaciones)
- Puedes consultar el estado de tu expediente en la sede electrónica con tu número de expediente
Consejo: Usa ImmigraFlow para recibir alertas automáticas sobre cambios en tu expediente.
39. ¿Puedo recurrir si me deniegan la solicitud?
Sí. Puedes presentar un recurso de reposición ante el mismo órgano que denegó la solicitud (plazo: 1 mes) o un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales (plazo: 2 meses).
40. ¿Cuánto cuesta todo el proceso?
Costes estimados:
- Tasas oficiales: 26-30 EUR
- Certificados de antecedentes penales: 20-80 EUR (país de origen)
- Apostilla: 10-50 EUR
- Traducciones juradas: 80-150 EUR
- Fotografías: 5-10 EUR
- Asesoría legal (opcional): 300-600 EUR
Total: entre 140-320 EUR si lo haces por tu cuenta, o 450-900 EUR con asesoría legal completa.
CATEGORÍA 4: Situaciones especiales
41. Soy venezolano y mi pasaporte está vencido, ¿puedo solicitarla?
Sí. España acepta pasaportes venezolanos vencidos hasta 5 años, siempre que estén acompañados de una prórroga emitida por el consulado venezolano en España.
42. Tengo hijos menores nacidos en España, ¿les beneficia esto?
Sí, tener hijos menores nacidos o escolarizados en España es un factor muy positivo que demuestra arraigo familiar y aumenta significativamente las probabilidades de aprobación.
43. Estoy embarazada, ¿me favorece esto?
Puede ser un factor positivo, especialmente si el embarazo está avanzado y puedes demostrarlo con documentación médica. Indica arraigo y necesidad de estabilidad.
44. Estoy casado/a con un ciudadano español, ¿puedo solicitarla?
Sí, y esto es muy favorable. Estar casado con ciudadano español y convivir juntos es un factor muy positivo. Asegúrate de aportar:
- Certificado de matrimonio
- Libro de familia
- DNI del cónyuge español
- Certificado de empadronamiento conjunto
45. Mi pareja y yo no estamos casados pero vivimos juntos, ¿cuenta como arraigo?
La convivencia de hecho (pareja de hecho registrada) puede contar como arraigo familiar. Debes aportar:
- Certificado de pareja de hecho (si está registrada oficialmente)
- Pruebas de convivencia: empadronamiento conjunto, facturas a nombre de ambos, contrato de alquiler conjunto
46. Tengo una discapacidad reconocida, ¿me ayuda esto?
Puede ser un factor favorable, especialmente si demuestra necesidad de estabilidad y continuidad en España para recibir tratamiento o apoyo. Aporta certificado de discapacidad y documentación médica.
47. He trabajado en España sin permiso, ¿esto me perjudica?
NO te perjudica para esta regularización. De hecho, demostrar que has trabajado (aunque sea sin permiso) puede ayudar a acreditar tu arraigo en España. Aporta cualquier evidencia de trabajo: nóminas, contratos (incluso verbales con testimonial), transferencias bancarias como pago por trabajo.
48. Tengo un hijo con discapacidad, ¿esto influye?
Sí, es un factor muy favorable que demuestra necesidad de estabilidad y arraigo. Asegúrate de aportar:
- Certificado de discapacidad del menor
- Informes médicos
- Certificados de tratamiento en centros españoles
49. Soy víctima de violencia de género, ¿hay consideraciones especiales?
Sí. Las víctimas de violencia de género tienen protección especial. Debes aportar:
- Orden de protección judicial
- Informe de servicios sociales
- Denuncia ante autoridades
Esto puede incluso eximir de algunos requisitos. Consulta con un abogado especializado urgentemente.
50. Tengo más de 65 años, ¿hay alguna facilidad?
No hay facilidades específicas por edad avanzada en esta regularización, pero la edad puede considerarse como factor de arraigo si puedes demostrar vínculos familiares fuertes en España (hijos, nietos residentes legales).
CATEGORÍA 5: Después de la aprobación
51. ¿Cuánto dura la autorización de residencia que me darán?
La autorización inicial es de 1 año.
52. ¿Puedo renovar esa autorización después del primer año?
Sí, se puede renovar por períodos de 2 años si cumples los requisitos de renovación (generalmente demostrar medios económicos suficientes y ausencia de antecedentes penales).
53. ¿Cuándo podré solicitar la residencia permanente?
Tras 5 años de residencia legal continuada en España, podrás solicitar la autorización de residencia de larga duración (residencia permanente).
54. ¿Podré trabajar con la autorización que me concedan?
Sí. La autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales te permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en toda España.
55. ¿Podré traer a mi familia (reagrupación familiar)?
Tras 1 año de residencia legal, podrás solicitar reagrupación familiar de:
- Cónyuge o pareja de hecho
- Hijos menores de edad o mayores dependientes
- Padres a tu cargo (en ciertos casos)
Deberás cumplir requisitos económicos y de vivienda adecuada.
56. ¿Podré viajar fuera de España con esta autorización?
Sí, podrás viajar al extranjero. Ten en cuenta:
- Tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) sirve como documento de viaje dentro del espacio Schengen junto con tu pasaporte
- No puedes ausentarte más de 6 meses en un año, o perderás la residencia
57. ¿Cuándo podré solicitar la nacionalidad española?
Tras 10 años de residencia legal en España (o menos si eres de país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o judío sefardí).
58. ¿Qué hago si pierdo mi TIE?
Debes solicitar un duplicado inmediatamente:
- Denuncia la pérdida en comisaría
- Solicita cita en la Oficina de Extranjería para duplicado de TIE
- Paga la tasa correspondiente (modelo 790, código 012, 10,71 EUR)
Casos prácticos resueltos
Caso 1: María, venezolana, pasaporte vencido, dos hijos en España
Situación: María llegó a España en junio de 2024. Su pasaporte venció en 2023. Tiene dos hijos menores escolarizados en España.
Solución:
- Puede usar su pasaporte vencido con prórroga consular venezolana
- Su arraigo familiar (hijos escolarizados) es muy fuerte
- Debe aportar: certificados de escolarización, libro de familia, certificados de nacimiento apostillados
- Probabilidad de aprobación: MUY ALTA
Caso 2: Ahmed, marroquí, sin empadronamiento, trabajó sin contrato
Situación: Ahmed llegó en mayo de 2024. No se empadronó hasta 2026. Trabajó sin contrato en construcción.
Solución:
- Debe empadronarse inmediatamente
- Compensar falta de empadronamiento histórico con otros documentos: registros médicos, extractos bancarios, facturas de móvil
- Aportar cualquier evidencia de trabajo: nóminas (aunque sean informales), transferencias bancarias recibidas, testimonial de empleador
- Probabilidad de aprobación: MEDIA (depende de la solidez de pruebas alternativas)
Caso 3: Elena, colombiana, tiene orden de expulsión antigua
Situación: Elena tiene una orden de expulsión de 2019 que nunca se ejecutó. Lleva en España desde 2018.
Solución:
- Consultar con abogado especializado urgentemente
- Verificar si la orden ha prescrito (órdenes de expulsión prescriben tras cierto tiempo)
- Si ha prescrito, puede solicitar con normalidad
- Si no ha prescrito, necesitará que un abogado gestione la situación
- Probabilidad de aprobación: VARIABLE (requiere análisis legal detallado)
Recursos y herramientas útiles
ImmigraFlow: Tu asistente completo para la regularización
Plan gratuito (autoservicio):
- Verificador de elegibilidad con IA (2 minutos)
- Checklist personalizado de documentos
- Immigrabot: asistente de IA 24/7 para responder tus dudas
- Guías paso a paso en 6 idiomas
- Verificador automático de documentación
- Alertas de caducidad de documentos
Revisión (99€), Asistencia (199€) o Gestión integral (299€):
- Todo lo del plan gratuito
- Revisión completa de documentación por abogado especializado
- Preparación y revisión del formulario de solicitud
- Comunicación directa con tu abogado vía chat en plataforma
- Seguimiento de expediente con alertas automáticas
- Soporte prioritario en requerimientos de subsanación
- Gestión de todo el proceso de principio a fin
Otros recursos oficiales
- Sede electrónica de Migraciones: extranjeria.inclusion.gob.es
- Teléfono 060: información sobre extranjería (atención en varios idiomas)
- Portal del Ministerio de Justicia: para certificados de antecedentes penales
- Ministerio de Asuntos Exteriores: listado de traductores jurados oficiales
Conclusión: Tu pregunta no está aquí
Si tu pregunta no aparece en esta guía, puedes:
- Usar Immigrabot de ImmigraFlow (gratis): el asistente de IA está entrenado con toda la normativa de extranjería y puede responder preguntas muy específicas en segundos
- Consultar con un abogado especializado: especialmente si tu situación es compleja (antecedentes penales, órdenes de expulsión, situaciones familiares complicadas)
- Contactar con tu oficina de extranjería: aunque los tiempos de respuesta suelen ser largos
Recuerda: Cada caso es único. Esta guía proporciona información general, pero para asesoramiento personalizado siempre es mejor consultar con un profesional especializado.
¡Mucha suerte con tu proceso de regularización! 🇪🇸